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¿Has leído un libro que te ha fascinado y les has dicho a tus amigos que lo lean? Sin embargo, como productor de cine, puedes llevar la historia a una audiencia mucho más grande a través de una película. Para comprar los derechos cinematográficos en Estados Unidos, primero tendrás que saber quién los tiene, lo cual no siempre es fácil, en especial si el libro es viejo. Luego, redacta un contrato de opciones con la ayuda de un abogado, si lo deseas.

Parte 1
Parte 1 de 3:

Encontrar al titular del derecho

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  1. Revisa el interior del libro para ver el nombre del propietario del derecho de autor. Esta información estará impresa en el lado opuesto de la página del título.
    • La persona que posea los derechos de la película quizás no sea la misma que posee los derechos de autor en el libro. De hecho, muchas editoriales conservan estos derechos. Sin embargo, el autor a veces los conserva, por lo que puedes comenzar por allí. [1]
  2. El autor quizás ya haya firmado los derechos cinematográficos a otro productor. En este caso, la Oficina de Derechos del Autor de los Estados Unidos contará con un registro de la asignación. Busca en sus registros en http://www.copyright.gov/records/ . [2]
    • Puedes buscar antes y después de 1978. Si el libro se ha publicado antes del año 1978, tendrás que buscar en ambos límites de tiempo.
    • No tendrás suerte si el autor ya ha asignado los derechos cinematográficos a otro productor.
  3. El autor quizás haya transferido los derechos cinematográficos recientemente, así que tendrás que llamarlo para consultar. [3] Revisa el registro de derecho de autor o comunícate con la editorial del libro para conseguir el número de teléfono del autor.
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Parte 2
Parte 2 de 3:

Negociar el contrato

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  1. Es posible que tengas que negociar con el agente del autor, en especial si se trata de un autor muy conocido. Sin embargo, los autoeditores independientes y los autores menos conocidos a menudo no tienen agentes. Preséntate y explica que quieres hacer una película a partir de su libro.
  2. Como productor, no comprarás los derechos cinematográficos de inmediato. Por ejemplo, quizás aún no sepas si vas a recibir la financiación para el proyecto. Por lo tanto, comprarás una “opción”, que te proporcionará el derecho exclusivo de comprar los derechos cinematográficos en el futuro. Esta opción solo dura por determinada cantidad de tiempo, que suele ser de 12 a 18 meses.
    • Lo recomendable es tener una opción a 18 meses para tener tiempo para conseguir la financiación para la película. [4] El autor quizás no esté de acuerdo, pero trata de que te dé una opción por la mayor cantidad de tiempo posible.
    • También podría darte derecho por una o dos extensiones del período original.
  3. Es probable que tengas que pagar para tener la opción. No existe una fórmula que permita saber cuánto debes pagar, pero puedes comenzar por evaluar la popularidad del libro. Si se trata de un libro muy exitoso, es muy probable que haya muchas personas que deseen los derechos, así que tendrás que ofrecer cinco cifras e incluso más. [5]
    • Por otro lado, la opción de un libro que ha estado publicado por un tiempo podría costar $5000.
    • En el caso de los libros más complejos o crípticos, es posible que no tengas que pagar nada. En cambio, prometerás hacer tu mejor esfuerzo para producir la película. [6]
    • Habla con otros productores cinematográficos para saber cuánto han pagado por las opciones.
  4. Este es el monto que pagarás por los derechos si ejerces o ejecutas la opción. Negocia el monto al mismo tiempo que negocias la opción para poder incluirla en el contrato. Por lo general, el monto a pagar se determina en función del presupuesto directo escrito. La fórmula suele ser el 2,5 %, y el precio de opción suele compensarse con el precio de compra. [7]
    • No olvides incluir el tope máximo y mínimo. Por ejemplo, tu presupuesto quizás termine siendo muy pequeño, lo que significa que el autor no ganará mucho. Puedes protegerlo al establecer un precio mínimo, como $7000.
    • Además, establece un monto máximo, en el caso de que tu presupuesto termine siendo mucho más elevado de lo esperado.
  5. Los autores generalmente reciben entre el 5 y el 10 % de todas las ganancias netas (y no solo la parte del productor). [8] También tendrás que acordar cómo definir las ganancias netas. Las dos formas estandarizadas son:
    • la definición utilizada por la visión del distribuidor local de salas de cine;
    • la definición proporcionada por la visión de los financiadores.
  6. Piensa con anticipación qué otros derechos debes negociar al mismo tiempo que negocias la opción. Como mínimo, incluye lo siguiente:
    • Derechos de secuelas. Puedes comprar los derechos antes de la publicación del libro. Si resulta ser un gran éxito, el autor posiblemente cree secuelas, y un productor distinto podría hacerse de los derechos cinematográficos.
    • Derechos de reversión. Después de ejecutar la opción, quizás te encuentres con algún problema y decidas no hacer la película. Los autores no querrán esperar por siempre, por lo que querrán que les devuelvas sus derechos. Puedes establecer un plazo para hacer la película (como siete años) y exigir que el autor te reembolse todos tus gastos. [9]
  7. Para ello, existen muchas opciones, y puede ser un punto conflictivo para algunos autores. Ten en cuenta lo siguiente: [10]
    • Puedes ofrecerle créditos en pantalla que digan algo así como “Película basada en el libro Hiedra Venenosa de Michelle Jones”. Este crédito puede tener su propia pantalla como parte de los créditos iniciales o ser parte de los créditos del final.
    • Algunos autores también querrán el crédito de la publicidad de pago.
    • Si el autor es bastante famoso, su nombre se puede incluir en el título de la película (por ejemplo, Lazos de sangre de Sidney Sheldon ).
  8. Cuando estés listo para ejercer la opción y comprar los derechos, tendrás que notificarle al autor. Generalmente, puedes ejercer la opción al enviarle una notificación escrita o parte del rodaje. [11]
  9. En ocasiones, las editoriales conservan los derechos de los libros que publican. Antes de firmar un contrato de opción, pídele a la editorial que firme una liberación. Este documento confirmará que no tiene ninguno de los derechos que usarás. [12]
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Parte 3
Parte 3 de 3:

Redactar el contrato de opción

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  1. El productor es quien se ocupa de redactar el contrato, así que lo mejor será que trabajes con un abogado con experiencia en el derecho del entretenimiento. [13] Consigue referencias de otros productores o comunícate con el colegio de abogados más cercano para pedir recomendaciones.
    • Un abogado puede ser muy útil a la hora de negociar, así que contrátalo a tiempo.
  2. No todos los productores pueden permitirse el gasto de contratar a un abogado. Si este es tu caso, tendrás que redactar el contrato de opción por cuenta propia. Afortunadamente, la Asociación Americana de Abogados cuenta con una muestra de contrato de compra de opciones aquí: http://www.americanbar.org/content/dam/aba/migrated/Forums/entsports/PublicDocuments/imanage_311793_2.authcheckdam.pdf (disponible en inglés). Úsalo como guía a la hora de redactar tu contrato.
  3. El contrato describirá los términos del acuerdo. Sin embargo, también puedes incluir garantías del autor. Por ejemplo, haz que el autor te garantice lo siguiente: [14]
    • El libro no infringe ningún derecho de autor.
    • El libro no invade la privacidad de nadie.
    • El libro no es obsceno y no contiene material difamatorio.
    • El autor no ha vendido los derechos cinematográficos a nadie más.
  4. Una medida cautelar es una orden de una corte que indica que debes dejar de hacer algo. Si entras en una disputa con el autor, podría demandarte a través de una medida cautelar que prohíba la distribución de la película. Ningún distribuidor hará nada con tu película, a menos que incluyas una disposición que le indique al autor que solo puede demandarte por una compensación monetaria. [15]
  5. Cada contrato tiene disposiciones de texto modelo que permiten proteger tus derechos. Asegúrate de que tu contrato incluya las siguientes disposiciones: [16]
    • Cláusula de fusión o integridad. Establece que el contrato incluye todo el acuerdo y reemplaza toda negociación previa.
    • Elección de disposición legal. Si entras en una disputa contractual, un juez tendrá que aplicar algunas leyes estatales en la disputa. Puedes escoger cualquier ley estatal, aunque las personas generalmente escogen las leyes del estado donde se encuentran.
    • Disposición de asociación. Asegúrate de que el contrato establezca que no formas una asociación al firmar el documento.
  6. Negocia todos los temas principales antes de firmar el contrato. Una vez que termines, permite que el autor y su abogado o agente lo revisen. Si quieren hacer cambios importantes, tendrás que conversar un poco más.
    • Después de que todas las partes firmen, entrégales una copia al autor y una a su agente. Guarda el original en un lugar seguro, como una caja fuerte, o entrégaselo a tu abogado.
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