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El pasaporte español es un documento público personal, individual e intransferible que acredita la identidad y nacionalidad de los ciudadanos españoles fuera de España. Si bien es un documento de identidad, carece de mayor aplicación en el interior del país. Las condiciones y requisitos para obtenerlo son iguales para españoles nativos o nacionalizados.

Parte 1
Parte 1 de 2:

Hacer los trámites generales para sacar el pasaporte

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    Averigua cuál es la dependencia más cercana a tu domicilio para tramitar el pasaporte. La obtención del pasaporte español es un proceso muy rápido y sencillo.
    • Si vives en España, debes solicitar tu pasaporte en las Jefaturas Superiores y Comisarías de Policía habilitadas al efecto. [1]
    • Si vives en el extranjero, solo puedes tramitar tu pasaporte español acudiendo a las Embajadas y Consulados de España.
  2. Sin importar en qué ciudad, pueblo o provincia tengas tu residencia legal, para ser atendido en las dependencias habilitadas tendrás que solicitar cita previa.
  3. El derecho a solicitar pasaporte asiste a todos los ciudadanos españoles, nacidos en España o nacionalizados. Sin embargo, este derecho será negado si:
    • El solicitante tiene condena judicial, o está sujeto a medidas de seguridad que determinen privación o limitación de su libertad de residencia o de movimientos.
    • Existe prohibición de abandonar territorio nacional establecida por resolución judicial.
    • Para entregar el pasaporte a los menores de edad o personas incapacitadas, deberá existir consentimiento expreso de quienes tengan atribuido el ejercicio de la patria potestad o tutelaje.
  4. Si vives en el extranjero, y necesitas renovar tu pasaporte, en vez de tu DNI puedes presentar el pasaporte en vigor o pendiente de tramitación. Si es la primera vez que solicitas pasaporte, es imprescindible aportar una certificación literal de nacimiento del Consulado en que hayas sido inscrito, o del Registro Civil. #Presenta la documentación necesaria. La documentación puede variar dependiendo si eres mayor o menor de edad, en la siguiente parte de esta guía encontrarás el detalle de la papelería que debes entregar.
  5. Al presente, la tasa general para el pasaporte “clase ordinario” es de 26,02 euros. Existen otros tipos de pasaportes, cuyas condiciones de aplicación para cada solicitante puedes averiguar en tu Jefatura de Policía.
  6. A partir de la presentación de la documentación requerida, el pasaporte será expedido en un plazo máximo de dos días laborables, salvo casos excepcionales.
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Parte 2
Parte 2 de 2:

Presentar documentos y solicitud

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Presentar documentos para pasaporte de mayor de edad

  1. Debes presentarte en persona en la fecha y hora determinada por la cita previa, en la oficina asignada.
  2. Esto es, al menos hasta la fecha de solicitud del pasaporte, para que tus datos personales de identificación sean comprobados directamente. Tu DNI te será devuelto tras la revisión.
  3. La fotografía debe ser tamaño carnet, de tu rostro, tamaño 32 x 26 mm, en color, fondo blanco, de frente, sin gafas o elementos que impidan o dificulten la identificación. Si tu DNI tiene una antigüedad inferior a dos años, y no has sufrido cambios drásticos de fisionomía, no hará falta que presentes la fotografía.
  4. Si eres titular de un pasaporte en vigor a punto de caducar, deberás presentarlo al momento de pedir el nuevo, para que sea cancelado. No esperes a que tu pasaporte caduque para renovarlo, no es aconsejable, sobre todo si estás en el extranjero.
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Presentar documentos para pasaporte de menor con 14 años o más

  1. Esto es para que los datos de la solicitud sean comprobados. El DNI te será devuelto tras la revisión.
    • Si el menor no tiene DNI, se deberá aportar certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil y el DNI de la persona que ejerza la patria potestad o tutela del menor, excepto cuando hubiere sido asumida por ministerio de la ley
  2. La fotografía debes ser de tamaño carnet de su rostro, tamaño 32 x 26 mm, en color, fondo blanco, de frente, sin gafas o elementos que impidan o dificulten la identificación. Si tu DNI tiene una antigüedad inferior a dos años, y no has sufrido cambios drásticos de fisionomía, no hará falta que presentes la fotografía.
  3. El padre o tutor que acompañe al menor deberá presentar su DNI así como la partida literal de nacimiento, libro de familia, resolución judicial o administrativa que acredite que efectivamente es titular de la patria potestad o padre o tutor del menor.
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Consejos

  • Asegúrate de cumplir todos los requerimientos anteriores. Cumplido esto, los representantes legales (los dos padres, o los tutores si hubiese más de uno), juntos o por separado, deberán autorizar la concesión del pasaporte del menor, presentándose en persona en cualquier instancia de expedición de pasaportes, o mediante poder notarial formalizado ante notario español o realizado ante un Cónsul General español. En caso de no presentarse las correspondientes autorizaciones, el pasaporte del menor no será concedido.
  • Desde agosto de 2006, todos los pasaportes expedidos dentro del territorio nacional de España son del tipo conocido como “pasaporte electrónico”, que incorpora un chip en su portada posterior en el cual constan datos biométricos del titular del documento.
  • Desde junio de 2009 se incorporan también las impresiones dactilares de los dedos índices de ambas manos.
  • Para viajar al exterior se recomienda que te inscribas en el Registro de Viajeros del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, para que consten todos tus datos personales y los de tu viaje para que, con las garantías de confidencialidad necesarias, seas localizable en caso de emergencia grave, como desastre natural, o conflicto armado.
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